viernes, 1 de marzo de 2013

Unidad de Estudios de la Seguridad Social y del Trabajo, A.C.


DOCUMENTO ORIENTADOR PARA INTERPONER EL AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y OTROS, POR LA PROMULGACION Y PUBLICACION DE FECHAS 25 Y 26 DE FEBRERO DE LA REFORMA CONSTITUCIOAL A LOS ARTICULOS 3º, 73 y TRANSITORIOS QUE ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION (27 DE FEBRERO 2013), ACORDADOS POR LA CNTE Y  LA UESST

 

 

La CNTE y la UESST acordamos interponer amparos en contra de la Reforma mal llamada Educativa, en realidad es una Reforma Administrativa con afectaciones a los derechos laborales de los trabajadores consagrados en el  artículo 123 Constitucional, apartado B como son los derechos adquiridos de los trabajadores, la estabilidad y permanencia en el empleo, los tratados Internacionales y la violación a los derechos humanos y laborales.

 

En la Asamblea Nacional Representativa llevada a cabo en la ciudad de México Distrito Federal  el día 24 de febrero de 2013 se acordó proceder a la interposición del Juicio de Amparo en contra de la promulgada  y publicada Reforma Constitucional a los artículos 3º y 73o y transitorios, los plazos propuestos por la CNTE, fue procesar la información a las bases y la organización de la documentación a partir de esta Asamblea Nacional

 

La ANR también acordó interponer el Amparo Indirecto, el  día  viernes 15 de marzo de 2013, en un acto político masivo en la Ciudad de México con una marcha que partirá a las 9 de la mañana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ubicada a un costado del Zócalo Capitalino al Palacio de Justicia ubicado a espaldas de la Cámara de Diputados calle Eduardo Molina esquina calle Sidar y Rubirosa   en el Distrito Federal donde se interpondrá el Amparo

 

El Amparo se interpone para la defensa de la Educación Pública, los derechos laborales ya adquiridos, para garantizar la estabilidad en el empleo, respeto irrestricto a los derechos de los trabajadores y para oponernos a las políticas neoliberales implementadas por los gobiernos del PAN y del PRI

 

El amparo indirecto solicitara que se otorguen los medios precautorios de manera inmediata para que las cosas se conserven en los mismos términos que se encontraban antes de que entrara en vigor la mal llamada Reforma Educativa

 

INSTRUCTIVO

 

1.- El Amparo se interpondrá por la CNTE y todas y todos los militantes de la misma a todo lo largo y ancho del País de Chiapas a Sonora con la Coordinadora.  Profesores, personal de apoyo de los niveles preescolar, primarias, secundarias y bachillerato absolutamente por todas y todos los trabajadores de la educación en el país.

 

La Cooperación será de $ 50 pesos por trabajador, y para el caso del Bloque Democrático de la Sección VII del SNTE, deberá depositarse a la cuenta de Alberto Mirón Vázquez Bancomer 1196745865, para desahogar todos y cada uno de los gastos que significa cubrir y hacerse responsable de los actos jurídicos que se deben ejecutar y que entran en operación a partir de que se elabora, se organiza la logística, se promueve en los tribunales y posteriormente se inicia el litigio, así como los actos a los que hay que responder y acudir, incluida la defensa de los derechos laborales, fuera de las fronteras del país.

 

2.- La documentación para la demanda es:

 

I.- Talón de pago original de la segunda quincena de febrero 2013.

 

II.- Una fotocopia simple de la Credencial para Votar, por ambos lados, en el frente de una misma hoja tamaño oficio.

 

3.-Se propone hacer 24 amparos, uno por región, en el caso del Bloque Democrático de la sección VII de Chiapas.

 

4.- En cada Amparo, deben relacionarse todos los trabajadores de una misma región.

 

5.- El Amparo se interpondrá en hojas tamaño oficio, papel blanco, con el nombre y apellidos de quien encabeza el Estado, la sección o la región, siempre en impreso.

El Amparo original deberá firmarse por los interesados solamente al final con tinta negra o azul. El Amparo, ya firmado con sus anexos, talón de pago original de la segunda quincena de febrero y copia simple de la credencial de elector IFE. En caso de no contar con credencial del IFE cualquier otra identificación, (Cedula profesional, credencial de trabajador, licencia de manejo, pasaporte etc.). Al original sacarle 11 copias las cuales se entregaran todas al interponer el amparo en el Palacio de Justicia, “una de las copias será  su acuse de recibo”.

 

6.-El Talón de pago de cada uno de los amparistas se pegara, en una hoja tamaño oficio, se anexara al Amparo, también la copia de la credencial del IFE o cualquier otra identificación.

 

7.- El Amparo, ya firmado y sus anexos talón de pago de la segunda quincena de febrero y copia simple de la credencial IFE o cualquier otra identificación se le deberán sacar 11copias las cuales se entregaran todas  al interponer el amparo en el Palacio de Justicia,  “una de las copias será  su acuse de recibo”.

 

8.-En la última hoja del amparo firma el que encabeza y diez compañeros más y en las siguientes hojas de firmas, toda las que ustedes ocupen tienen que respetar el formato de dieciocho nombres y firmas, solamente en la  última hoja del amparo lleva la leyenda “Protesto lo necesario”, en las demás hojas solo lleva nombre y firma. Para cualquier consulta, duda o preguntas comunicarse con Eduardo o Martin.

 

 

FRATERNALMENTE:

Eduardo Pérez Saucedo

(01) 55 31 45 57 05


 

                                                                              Martin Rodríguez R.

(01) 55251781 96


 

Unidad de Estudios de la Seguridad Social y del Trabajo, A.C.

Calle Quichés, Número 11, Colonia La Raza, Delegación Azcapotzalco

Código Postal 02990, Distrito Federal, México

Teléfono (01 55) 55 97 45 66

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