viernes, 1 de marzo de 2013

Unidad de Estudios de la Seguridad Social y del Trabajo, A.C.


DOCUMENTO ORIENTADOR PARA INTERPONER EL AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y OTROS, POR LA PROMULGACION Y PUBLICACION DE FECHAS 25 Y 26 DE FEBRERO DE LA REFORMA CONSTITUCIOAL A LOS ARTICULOS 3º, 73 y TRANSITORIOS QUE ENTRO EN VIGOR A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION (27 DE FEBRERO 2013), ACORDADOS POR LA CNTE Y  LA UESST

 

 

La CNTE y la UESST acordamos interponer amparos en contra de la Reforma mal llamada Educativa, en realidad es una Reforma Administrativa con afectaciones a los derechos laborales de los trabajadores consagrados en el  artículo 123 Constitucional, apartado B como son los derechos adquiridos de los trabajadores, la estabilidad y permanencia en el empleo, los tratados Internacionales y la violación a los derechos humanos y laborales.

 

En la Asamblea Nacional Representativa llevada a cabo en la ciudad de México Distrito Federal  el día 24 de febrero de 2013 se acordó proceder a la interposición del Juicio de Amparo en contra de la promulgada  y publicada Reforma Constitucional a los artículos 3º y 73o y transitorios, los plazos propuestos por la CNTE, fue procesar la información a las bases y la organización de la documentación a partir de esta Asamblea Nacional

 

La ANR también acordó interponer el Amparo Indirecto, el  día  viernes 15 de marzo de 2013, en un acto político masivo en la Ciudad de México con una marcha que partirá a las 9 de la mañana de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ubicada a un costado del Zócalo Capitalino al Palacio de Justicia ubicado a espaldas de la Cámara de Diputados calle Eduardo Molina esquina calle Sidar y Rubirosa   en el Distrito Federal donde se interpondrá el Amparo

 

El Amparo se interpone para la defensa de la Educación Pública, los derechos laborales ya adquiridos, para garantizar la estabilidad en el empleo, respeto irrestricto a los derechos de los trabajadores y para oponernos a las políticas neoliberales implementadas por los gobiernos del PAN y del PRI

 

El amparo indirecto solicitara que se otorguen los medios precautorios de manera inmediata para que las cosas se conserven en los mismos términos que se encontraban antes de que entrara en vigor la mal llamada Reforma Educativa

 

INSTRUCTIVO

 

1.- El Amparo se interpondrá por la CNTE y todas y todos los militantes de la misma a todo lo largo y ancho del País de Chiapas a Sonora con la Coordinadora.  Profesores, personal de apoyo de los niveles preescolar, primarias, secundarias y bachillerato absolutamente por todas y todos los trabajadores de la educación en el país.

 

La Cooperación será de $ 50 pesos por trabajador, y para el caso del Bloque Democrático de la Sección VII del SNTE, deberá depositarse a la cuenta de Alberto Mirón Vázquez Bancomer 1196745865, para desahogar todos y cada uno de los gastos que significa cubrir y hacerse responsable de los actos jurídicos que se deben ejecutar y que entran en operación a partir de que se elabora, se organiza la logística, se promueve en los tribunales y posteriormente se inicia el litigio, así como los actos a los que hay que responder y acudir, incluida la defensa de los derechos laborales, fuera de las fronteras del país.

 

2.- La documentación para la demanda es:

 

I.- Talón de pago original de la segunda quincena de febrero 2013.

 

II.- Una fotocopia simple de la Credencial para Votar, por ambos lados, en el frente de una misma hoja tamaño oficio.

 

3.-Se propone hacer 24 amparos, uno por región, en el caso del Bloque Democrático de la sección VII de Chiapas.

 

4.- En cada Amparo, deben relacionarse todos los trabajadores de una misma región.

 

5.- El Amparo se interpondrá en hojas tamaño oficio, papel blanco, con el nombre y apellidos de quien encabeza el Estado, la sección o la región, siempre en impreso.

El Amparo original deberá firmarse por los interesados solamente al final con tinta negra o azul. El Amparo, ya firmado con sus anexos, talón de pago original de la segunda quincena de febrero y copia simple de la credencial de elector IFE. En caso de no contar con credencial del IFE cualquier otra identificación, (Cedula profesional, credencial de trabajador, licencia de manejo, pasaporte etc.). Al original sacarle 11 copias las cuales se entregaran todas al interponer el amparo en el Palacio de Justicia, “una de las copias será  su acuse de recibo”.

 

6.-El Talón de pago de cada uno de los amparistas se pegara, en una hoja tamaño oficio, se anexara al Amparo, también la copia de la credencial del IFE o cualquier otra identificación.

 

7.- El Amparo, ya firmado y sus anexos talón de pago de la segunda quincena de febrero y copia simple de la credencial IFE o cualquier otra identificación se le deberán sacar 11copias las cuales se entregaran todas  al interponer el amparo en el Palacio de Justicia,  “una de las copias será  su acuse de recibo”.

 

8.-En la última hoja del amparo firma el que encabeza y diez compañeros más y en las siguientes hojas de firmas, toda las que ustedes ocupen tienen que respetar el formato de dieciocho nombres y firmas, solamente en la  última hoja del amparo lleva la leyenda “Protesto lo necesario”, en las demás hojas solo lleva nombre y firma. Para cualquier consulta, duda o preguntas comunicarse con Eduardo o Martin.

 

 

FRATERNALMENTE:

Eduardo Pérez Saucedo

(01) 55 31 45 57 05


 

                                                                              Martin Rodríguez R.

(01) 55251781 96


 

Unidad de Estudios de la Seguridad Social y del Trabajo, A.C.

Calle Quichés, Número 11, Colonia La Raza, Delegación Azcapotzalco

Código Postal 02990, Distrito Federal, México

Teléfono (01 55) 55 97 45 66

EL AMPARO SE HARA EN CONTRA DE ESTA REFORMA DE LEY ¿¡¡¡


JURIDICO

EL AMPARO SE HARA EN CONTRA DE ESTA REFORMA DE LEY

DOF: 26/02/2013

DECRETO por el que se reforman los artículos 3o. en sus fracciones III, VII y VIII; y 73, fracción XXV, y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA Y PREVIA APROBACIÓN DE LA MAYORÍA DE LAS HONORABLES LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS,
DECLARA
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3o. EN SUS FRACCIONES III, VII Y VIII; Y 73, FRACCIÓN XXV, Y SE ADICIONA UN PÁRRAFO TERCERO, UN INCISO D) AL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN II Y UNA FRACCIÓN IX AL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 3o., fracciones III, VII y VIII, y 73, fracción XXV; y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX, al artículo 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 3o....
...
El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
I. y II. ...
a) ...
b) Será nacional, en cuanto sin hostilidades ni exclusivismos - atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura;
c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos, y
d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos;
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las Instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo;
IV. a VI. ...
VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere;
VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y
IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa. La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Corresponderá al Instituto evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Para ello deberá:
a)    Diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema;
b)    Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y
c)    Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.
La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto y estará compuesta por cinco integrantes. El Ejecutivo Federal someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual, con previa comparecencia de las personas propuestas, designará al integrante que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Senadores presentes o, durante los recesos de esta, de la Comisión Permanente, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si la Cámara de Senadores no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de integrante de la Junta de Gobierno aquel que, dentro de dicha terna, designe el Ejecutivo Federal.
En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Ejecutivo Federal someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Ejecutivo Federal.
Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años. En caso de falta absoluta de alguno de ellos, el sustituto será nombrado para concluir el periodo respectivo. Sólo podrán ser removidos por causa grave en los términos del Título IV de esta Constitución y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia.
La Junta de Gobierno de manera colegiada nombrará a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñará dicho cargo por el tiempo que establezca la ley.
La ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del Instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.
La ley establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al Instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.
Artículo 73....
I. a XXIV....
XXV. Para establecer el Servicio Profesional docente en términos del artículo 3o. de esta Constitución; establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma;
XXVI. a XXX....
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Ejecutivo Federal someterá a la Cámara de Senadores las ternas para la designación de los integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, que deberá recaer en personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto.
Para asegurar la renovación escalonada de los integrantes, los primeros nombramientos se realizarán por los periodos siguientes:
I.     Dos nombramientos por un periodo de cinco años;
II.     Dos nombramientos por un periodo de seis años, y
III.    Un nombramiento por un periodo de siete.
El Ejecutivo Federal deberá determinar el periodo que corresponda a cada uno de los miembros, al someter su designación a la aprobación de la Cámara de Senadores.
Para la conformación de la Primera Junta de Gobierno del Instituto, el Ejecutivo Federal someterá a la aprobación de la Cámara de Senadores cinco ternas para que de entre ellas se designen a los cinco integrantes que la constituirán. La presentación de ternas en el futuro corresponderá a la renovación escalonada que precisa el párrafo segundo de este artículo.
El primer Presidente de la Junta de Gobierno del Instituto durará en su encargo cuatro años.
Tercero. El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley General de Educación correspondientes, a más tardar en un plazo de seis meses contado a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.
En tanto el Congreso de la Unión expide la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Instituto Nacional creado por este Decreto ejercerá sus atribuciones y competencia conforme al Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 16 de mayo de 2012, en lo que no se oponga al presente Decreto. Para estos efectos, las atribuciones previstas en dicho ordenamiento para el Órgano de Gobierno y la Junta Técnica serán ejercidas por la Junta de Gobierno del Instituto, y las de la Presidencia por el Presidente de la Junta de Gobierno.
Cuarto. Los recursos materiales y financieros, así como los trabajadores adscritos al organismo descentralizado Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, pasan a formar parte del Instituto que se crea en los términos del presente Decreto.
Quinto. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3o. y 73, fracción XXV, de esta Constitución, el Congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever al menos lo siguiente:
I. La creación de un Sistema de Información y Gestión Educativa. Al efecto, durante el año 2013 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía realizará un censo de escuelas, maestros y alumnos, que permita a la autoridad tener en una sola plataforma los datos necesarios para la operación del sistema educativo y que, a su vez, permita una comunicación directa entre los directores de escuela y las autoridades educativas;
II. El uso de la evaluación del desempeño docente para dar mayor pertinencia y capacidades al sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros, en el marco de la creación de un servicio profesional docente. La evaluación de los maestros debe tener, como primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una mejor práctica profesional. El sistema educativo deberá otorgar los apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades, y
III. Las adecuaciones al marco jurídico para:
a) Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.
b) Establecer en forma paulatina y conforme a la suficiencia presupuestal escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural. En aquellas escuelas que lo necesiten, conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos a los alumnos a partir de microempresas locales, y
c) Prohibir en todas las escuelas los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos.
Al efecto, el Poder Legislativo hará las adecuaciones normativas conducentes y preverá en ellas los elementos que permitan al Ejecutivo Federal instrumentar esta medida. El Ejecutivo Federal la instrumentará en un plazo de 180 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de las normas que al efecto expida el Congreso de la Unión.
Sexto. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el presente Decreto.
México, D.F., a 7 de febrero de 2013.- Dip. Francisco Arroyo Vieyra, Presidente.- Sen. Ernesto Javier Cordero Arroyo, Presidente.- Dip. Javier Orozco Gómez, Secretario.- Sen. Lilia Guadalupe Merodio Reza, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veinticinco de febrero de dos mil trece.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.

 

CONVOCATORIA AL CONGRESO NACIONAL DE EDUCACION


PEDAGOGICO

       coordinadora nacional de  trabajadores de la educación

CONVOCATORIA

CONGRESO NACIONAL DE EDUCACION

CONSIDERANDOS.

1.   Que el capitalismo está en una etapa de reconfiguración mundial, donde el capital trasnacional se disputa el reparto del mundo, así como el saqueo feroz e irracional de los recursos naturales sobre todo en los países dependientes económicamente, sometiéndolos a una crisis financiera, energética, alimentaria, política, social y cultural.

2.   Que la receta utilizada para salir de esta crisis es la aplicación de la tecnología en su máxima expresión en los pueblos - nación para la sobreexplotación, saqueo y depredación de las riquezas naturales, así como la adecuación de las leyes mediante reformas estructurales, como es el caso de México.

3.   Que en nuestro país, con la imposición, mediante el fraude electoral y las prácticas más corruptas de la derecha, de un supuesto nuevo gobierno, esta receta se lleva al pie de la letra como con las reformas laborales y educativas, dando paso a la pérdida de los derechos universales y constitucionales.

4.   Que con la reforma educativa, a la par de emular la laboral, se viene a acentuar la colonización de los saberes a través de los medios de comunicación masivos, la clase eclesiástica y un nuevo sistema educativo que fortalece el régimen de explotación, de exaltación de las competencias individuales y se corta todo rasgo de colectividad y comunidad.

5.   Que a pesar del “nuevo” sistema educativo que se nos intenta imponer, en contraparte los trabajadores de la educación, aglutinados en la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación, en nuestro XI CONGRESO NACIONAL ORDINARIO, realizado en Morelia, Michoacán en diciembre de 2012, ratificamos nuestra disposición  a seguir defendiendo a la Educación Pública como un derecho del pueblo de México.

6.   Que la construcción de un Proyecto Alternativo de Educación, solo será posible con la participación de las organizaciones democráticas, de los padres de familia y de la sociedad en su conjunto, para que éste sea acorde a las necesidades de la población.

7.   Que la evaluación universal a través del INEE, no toma en cuenta la diversidad de los contextos del país y sus necesidades.

CONVOCATORIA

La Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación consciente de que la lucha no es sólo gremial y que debemos realizarla   en tres aspectos: en lo político, jurídico y pedagógico,  CONVOCA a todos los trabajadores del sector educativo desde inicial hasta nivel superior que simpatizan con la CNTE, a investigadores regionales, estatales y nacionales, académicos, sindicatos universitarios, padres de familia, alumnos, organizaciones sociales y demás interesados en la defensa de la educación pública como lo establece el artículo 3° constitucional , a participar en el  Congreso Nacional de Educación,  bajo las siguientes

BASES

   I. DE LOS OBJETIVOS:

GENERAL:

Abrir un espacio de análisis,  debate y construcción de alternativas retomando las aportaciones de los padres de familia, alumnos, docentes, investigadores, académicos organizaciones sociales, autoridades y demás  participantes en el Congreso Nacional de Educación, desde inicial hasta superior para analizar las propuestas de educación alternativa y popular,  que nos permitan seguir en la construcción del Proyecto Alternativo de Educación Nacional para contrarrestar el modelo neoliberal impuesto por el gobierno a través de las reformas educativas.

ESPECÍFICOS:

1.   Analizar los elementos que nos permitan elaborar el diagnóstico de la situación actual del país en lo educativo, social, político y cultural.

2.   Debatir con todos los asistentes la importancia que tiene para contrarrestar el impulso de las reformas neoliberales la unión de todos los sectores y no sólo del gremio magisterial, el impulsar la lucha civil y pacífica, para llegar a la creación de un plan de acción que coadyuve a la transformación del país y de la educación.

3.   Conocer todas las propuestas alternativas de educación que se desarrollan en los diversos niveles educativos para enriquecer entre todos, un nuevo proyecto Alternativo Popular que recupere desde la historia de lucha y resistencia, los aportes de las cosmovisiones de los pueblos originarios y la recuperación del trabajo como bien social, así como la emancipación humana.

 II. DEL LUGAR Y FECHA:

Los días 25, 26 y 27 de abril del 2013, en el Zócalo de la Ciudad de México.

III. DEL TEMARIO

TEMA 1. CONTEXTUALIZACION DE LA SITUACION ACTUAL

A) Las reformas estructurales y su impacto ante la población.

B) La reforma educativa y sus afectaciones: laboral, pedagógica, social, cultural y política, (reforma a los artículos 3° y 73 constitucional como norma para la educación mercantil)

a) La evaluación como medición y el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa.

b) La privatización  de la educación.

TEMA 2. LA EDUCACION QUE NECESITAMOS LOS MEXICANOS

A) La educación alternativa como proyecto de nación

B) Educación popular y alternativa

TEMA 3. PLAN PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA EDUCACION EN MEXICO.

A)  Proyecto alternativo de educación.

B) Ruta pedagógica nacional. El trabajo en colectivo.

C) Proyecto educativo y comunitario.

IV. DE LA ORGANIZACIÓN GENERAL:

     1. Los trabajos organizados a nivel nacional serán responsabilidad de las comisiones de educación de la CNTE, así como de la  Dirección Política Nacional (DPN), la cual se constituirá como una Comisión Nacional Organizadora del  Congreso Nacional de Educación.

     2. La Plenaria y Mesas de Trabajo se realizarán en los lugares que previamente dará a conocer la Comisión Nacional Organizadora.

     3. El registro de participantes será con base a la documentación legal de acreditación que presenten las y los Delegados de cada contingente.

     4. La inauguración del  Congreso Nacional de Educación se  realizará en presencia de las y los Delegados electos democráticamente por las bases.

     5. Los resolutivos serán aprobados por la mayoría y validados en plenaria general.

V. ETAPAS.

1.- Actividades estatales, reuniones regionales, de centros de trabajo y delegacionales.

2.- 7 foros regionales y estatales de la CNTE.

3.- Congresos estatales de educación o la modalidad que cada contingente decida.

4.- Congreso Nacional de Educación 25, 26 y 27 de abril.

VI. MODALIDADES DE PARTICIPACION.          

ü PONENCIAS escritas.

ü PRESENTACION de propuestas de transformación pedagógica.

ü PANELES NACIONAL E INTERNACIONAL.

ü CONFERENCIAS MAGISTRALES.

ü TALLERES (dirigidos a todos los interesados, delegados y público en general)

ü EXPOSICIÓN de carteles y murales de propuestas y experiencias educativas.

ü TIANGUIS de libros y material didáctico.

ü PARTICIPACIONES ARTISTICAS de estudiantes, maestros y artistas populares.

VII. DE LOS PARTICIPANTES:

1.   Podrán participar, un delegado efectivo por cada mil o fracción mayor de quinientos en las secciones consolidadas, las secciones en vías de consolidación podrán participar con 30 delegados, las promotoras y los CCls democráticos hasta con 15 delegados que hayan definido su militancia en la CNTE.

2.   Los delegados deberán ser electos estrictamente en sus Congresos,  Plenos Seccionales o en su máxima instancia de decisión. .

3.   Los delegados efectivos deberán presentar ante la Comisión Nacional Organizadora sus credenciales e identificación que los acrediten.

4.   Los contingentes podrán tener los invitados que considere necesario asistan.

VIII. DEL FINANCIAMIENTO:

1.    Los gastos de los delegados efectivos serán financiados por las bases trabajadoras respectivas, tomando en cuenta el carácter democrático, políticamente independiente y soberano del Congreso Nacional de Educación.

2.    Para efectos del financiamiento en gastos generales como (propaganda, materiales de discusión, alquiler de muebles y equipos, etc.) cada contingente aportará las siguientes cantidades:

a) Las secciones consolidadas: $ 10,000.00

b) Las secciones en vías de consolidación: $ 5,000.00

c) Las promotoras o CCL’s democráticos: $ 3,000.00

-En el entendido de hacer llegar en lo inmediato el recurso económico.

IX. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltas por la Comisión Nacional de Educación.

¡UNIDOS Y ORGANIZADOS, VENCEREMOS!